
Consejo Consultivo de Adultos Mayores
Que, la Constitución de la República establece en su artículo 36, "Las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado, en especial en los campos de inclusión social y económica, y protección contra la violencia.
El Consejo Consultivo de personas adultas mayores estará conformado por representantes de 65 años de edad en adelante.