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Fundamento Legal

Consejo Cantonal de Protección de Derechos Alausí

Objetivo General

En la elaboración de la ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE REGULA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CANTONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE ALAUSÍ, participaron activamente las autoridades y delegados del Estado y la sociedad civil quienes eran representantes de varios grupos, Niños, niñas, adolescentes, Jóvenes, organizaciones de mujeres, organizaciones de Segundo Grado, y los grupos de atención prioritaria del Cantón Alausí. Fue aprobada en dos sesiones ordinarias del Concejo de fecha veinte seis (26) de febrero y seis (6) de marzo del 2014, en primera y segunda instancia respectivamente, y promulgada en el registro oficial el 03 de octubre del mismo año.

Marco Legal: (COOTAD)

Art. 54, literal (j). Determina lo siguiente: El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal implementará los sistemas de Protección Integral del Cantón, que asegure el ejercicio, garantía y exigibilidad de los Derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los Consejos Cantonales, Juntas Cantonales y redes de Protección de Derechos de los grupos de atención prioritaria.

Enfoque de Derechos

  • Intergeneracional
  • De género
  • Intercultural
  • De inclusión a personas con discapacidad y en movilidad humana

Principios

  • Igualdad y no discriminación
  • Universalidad
  • Integralidad
  • Equidad
  • Progresividad
  • Interés superior de niños, niñas y adolescentes
  • Juventud actor estratégico del desarrollo
  • Adultos mayores incluidos y con atención prioritaria
  • Corresponsabilidad
  • Participación.

Valores institucionales.

  • Coherencia y correspondencia con los principios y enfoques
  • Responsabilidad.